Exoneración en la importación
Al solicitar la exoneración de los derechos de importación y los impuestos de consumos,
el declarante debe informar claramente al inspector para qué y para quién es destinada la mercancía/artículo/producto. Las razones subyacentes son principalmente de carácter
Económico, social, humanitaria y cultural. Esto significa que en ciertos casos muy preciso y definido, un impuesto no está justificado.
Al solicitar una exoneración, se debe tener en cuenta lo siguiente:
- Una exoneración sólo puede ser otorgado si así lo establece la legislación.
- Una exoneración es personal, si es necesario, puede otorgar una autorización por escrito
- Una exoneración no se otorga automáticamente, debe ser anunciado por adelantado y poder ser reclamado.
- La exoneración sólo se otorga bajo petición.
- Una exoneración solo se realiza por escrito por el Inspector según la decisión.
- Siempre debe presentar una copia de la declaración.
- Es condicional o incondicional